¿Se le puede decir a un jurado que violar el estatuto es negligencia per se?
No. Los tribunales de apelación de Georgia han determinado que instruir a un jurado de que violar el O.C.G.A. § 4-3-3 es negligencia per se constituye un error reversible (Lovell v. Howard).
El estándar correcto es la negligencia ordinaria, no la responsabilidad automática.
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